¿Puede un empleador pedir los números de teléfono particulares de los empleados o los números de teléfono de los lugares donde se encontrarán en el caso de tener que cuidar de familiares? ¿Puede el empleador pedir las direcciones de correo electrónico particulares? ¿Existen reglas de privacidad para esta información o puede esta información ser compartida con otros empleados?
Categoría: Preguntas sobre asuntos de privacidad e igualdad de oportunidades de trabajo
Subcategoría: Asuntos de privacidad
Respuesta:
Sí, usted puede pedir números de teléfono y direcciones de correo electrónico de manera consistente con cualquier política para el lugar de trabajo no discriminatoria que tenga vigente. Si bien no hay leyes federales que rijan esta área, puede haber leyes estatales que rijan los asuntos de privacidad y usted debería estar al tanto de las mismas.
Tenga en cuenta que es posible que usted no esté familiarizado con todas las circunstancias personales de los empleados particulares y que en ocasiones, compartir información privada de contacto u otra información personal entre empleados puede ser objetable por muchísimas razones legítimas. En algunas circunstancias, bajo la ley federal de igualdad de oportunidades en el empleo, los empleadores pueden ser considerados responsables del acoso que se produzca en el lugar de trabajo entre empleados.
Le recomendamos insistentemente que se limite a recopilar la información estrictamente necesaria, y que limite la cantidad de individuos con quienes se comparta esa información, a menos que tenga el consentimiento de sus empleados.
Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.
No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.
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Actualización: 01/24/2008