Durante una pandemia, es posible que algunos empleados no puedan ir a trabajar por falta de transporte público disponible. ¿Puede un empleador despedirlos?
Categoría: Preguntas sobre políticas de recursos humanos y planificación para una pandemia en el lugar de trabajo
Subcategoría: Despidos/Finalización de contratos/Destitución
Respuesta:
Le recomendamos que prepare con anticipación un plan específico para su lugar de trabajo y que considere otras opciones que no impliquen un despido, como el trabajo a distancia.
Los empleadores deben asegurarse de cumplir con las leyes federales que prohíben la discriminación en el lugar de trabajo por motivos de raza, sexo, edad (40 o mayor), color, religión, origen nacional o discapacidad al momento de seleccionar a los empleados para el despido. Además, los empleadores deben considerar si un despido afectaría desproporcionadamente a empleados de una raza, color, sexo, origen nacional, discapacidad o edad (40 o mayor) en particular. De ser así, en algunos casos, se le puede requerir al empleador que considere otras alternativas menos discriminatorias. (Visite el sitio Web de la Comisión de Igualdad de Oportunidad en el Empleo de los EE. UU. o llame al 1-800-669-4000 si tiene preguntas.) Además, usted no puede discriminar a un empleado porque él o ella sea un miembro actual o pasado del servicio uniformado de los Estados Unidos. (Vea el Servicio de Empleo y Capacitación para Veteranos , Departamento de Trabajo de los EE. UU., para obtener más información o llame al 1-866-889-5627 si tiene preguntas.)
En el caso de que la empresa tenga un contrato sindical, ¿tiene que cumplir con las disposiciones del contrato?
Sí. Además, tenga en cuenta que está prohibido destituir, degradar, asignar a un turno o trabajo menos agradable, o privar de beneficios en base a la participación en actividades sindicalistas conforme a las Secciones 8(a)(1) y 8(a)(3) de la Ley Nacional de Relaciones Laborales.
Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.
No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.
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Actualización: 01/24/2008