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¿Pueden los empleadores enviar a los empleados a sus casas si muestran síntomas de influenza pandémica? ¿Pueden requerir que los empleados se tomen licencia por enfermedad? ¿Tienen que ser remuneradas? ¿Pueden los empleadores impedir que los empleados se presenten a trabajar?


Categoría: Preguntas sobre políticas de recursos humanos y planificación para una pandemia en el lugar de trabajo
Subcategoría:
Envío de empleados a sus casas

Respuesta:

Es importante preparar un plan de acción específico para su lugar de trabajo, dado que un brote de influenza pandémica podría afectar a muchos empleados. Este plan o política podría permitirle enviar a empleados a sus casas, pero el plan y las decisiones de empleo deben cumplir con las leyes que prohíben la discriminación en el lugar de trabajo por motivos de raza, sexo, edad (40 y mayor), color, religión, origen nacional, discapacidad o condición de veterano. También sería prudente notificar a los empleados (y si corresponde, a los representantes de su unidad de negociación) acerca de las decisiones tomadas bajo este plan o política a la mayor brevedad posible.

Las políticas de su compañía en cuanto a las licencias por enfermedad, y todo contrato de empleo o acuerdo colectivo de negociación aplicable, determinarían si usted debe proporcionar licencias remuneradas a los empleados que no están en el trabajo. Si la licencia califica como una licencia protegida por la Ley de Licencia por Motivos Familiares y Médicos el estatuto permite que el empleado elija o que el empleador solicite la sustitución de una licencia remunerada por enfermedad por vacaciones pagas/licencia personal con goce de haberes en algunas circunstancias. (Vea la División de salario y horas de la Administración de Normas de Empleo, Departamento de Trabajo de los EE. UU., para obtener más información o llame al 1-866-487-9243 si tiene preguntas.)

Recuerde que al momento de tomar estas decisiones de excluir a empleados del lugar de trabajo, usted no puede hacer distinción por motivos de raza, sexo, edad (40 o mayor), color, religión, origen nacional, discapacidad, pertenencia a un sindicato o condición de veterano. No obstante, puede excluir del lugar de trabajo a un empleado con una discapacidad si usted:

  • obtiene evidencia objetiva de que el empleado representa una amenaza directa (es decir, un riesgo significativo de daño considerable); y
  • determina que las condiciones laborales razonables (las cuales no representarían una dificultad excesiva) no están disponibles para eliminar la amenaza directa.

(Vea la Guía de cumplimiento: Preguntas relacionadas con la discapacidad y exámenes médicos de empleados según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo para obtener más información.)

Si las organizaciones tienen un contrato sindical, ¿tienen que cumplir con las disposiciones del contrato si quieren enviar a empleados a sus casas porque muestran síntomas de influenza pandémica? ¿Pueden requerir que los empleados se tomen licencia por enfermedad? ¿Tienen que ser remuneradas?

Sí. Usted deberá acatar las disposiciones del contrato, en la medida en que no contradigan las leyes federales de igualdad de oportunidades en el empleo y de licencia por motivos familiares y médicos. Además, está prohibido destituir, degradar, asignar a un turno o trabajo menos agradable, o privar de beneficios en base a la participación en actividades sindicalistas conforme a las Secciones 8(a)(1) y 8(a)(3) de la Ley Nacional de Relaciones Laborales.


Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.

No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.


Preguntas frecuentes sobre asuntos laborales por categoría:


Actualización: 01/24/2008