| | Si un individuo trabaja como voluntario para una agencia pública, ¿tiene derecho a compensación legal? Categoría: Preguntas sobre políticas de recursos humanos y planificación para una pandemia en el lugar de trabajo Subcategoría: Políticas de pago
Respuesta:Los individuos que prestan sus servicios voluntariamente en calidad de ayuda de emergencia a una agencia pública (como una parroquia, el gobierno de un estado, ciudad o condado) no se consideran empleados con derecho a compensación bajo la Ley de Normas Razonables de Trabajo (FLSA, por sus siglas en inglés) si ellos: - Prestan sus servicios con propósitos cívicos, benéficos o humanitarios sin promesa, expectativas o recibo de compensación. Al voluntario que preste tales servicios se le puede, sin embargo, pagar los gastos, beneficios razonables o un honorario nominal por sus servicios; y,
- Ofrecen sus servicios libremente y sin coacción, directa o implícita; y,
- No están empleados de otra manera por la misma agencia pública para prestar los mismos servicios que aquellos para los que se ofrecen como voluntarios.
Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable. No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.
Preguntas frecuentes sobre asuntos laborales por categoría:
Actualización: 01/24/2008
|
|
|
|