¿A dónde se puede dirigir un empleador o empleado para pedir asesoramiento en cuanto a los derechos de contratación y recontratación de veteranos o miembros de la Guardia o Reserva?
Categoría: Preguntas sobre políticas de recursos humanos y planificación para una pandemia en el lugar de trabajo
Subcategoría: Derechos de recontratación
Respuesta:
Los derechos de contratación y recontratación de veteranos y reservistas son provistos por la Ley de Derechos de Empleo y Reempleo de Servicios Uniformados (USERRA, por sus siglas en inglés), la cual es administrada e impuesta por el Servicio de Empleo y Capacitación para Veteranos (VETS, por sus siglas en inglés). La oficina de VETS local puede proporcionar asistencia así como el sitio Webde VETS. Otro recurso para los miembros de la Reserva y la Guardia Nacional es el Comité Nacional de Respaldo para los Empleadores de la Guardia y la Reserva, una organización dentro del Departamento de Defensa que puede brindar información y servicios informales de mediación.
Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.
No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.
Actualización: 01/28/2008