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Una compañía cierra temporalmente y no paga las primas del seguro de los empleados. ¿Pueden los empleados pagar la prima para seguir teniendo la cobertura?


Categoría: Preguntas sobre beneficios en el lugar de trabajo
Subcategoría: Beneficios médicos/Planes de salud/Seguro médico

Respuesta:

Los empleados deben primero ponerse en contacto con su empleador para determinar las intenciones del empleador de pagar la prima. Tal vez sea conveniente que los empleados también se comuniquen con la compañía de seguros para determinar el tiempo durante el cual estuvo pendiente el pago, si la compañía aseguradora ha provisto un período de gracia para el pago atrasado y el plazo que se le otorgó al empleador para efectuar el pago. Los empleados también pueden comunicarse con su comisionado estatal de seguros para consultar sobre cualquier derecho que puedan tener bajo la ley estatal de pagar las primas directamente a la compañía de seguros o de convertir la cobertura médica grupal en una póliza individual.

Si las primas están pendientes de pago o la cobertura fue cancelada como resultado de la falta de pago de las primas por parte del empleador, los empleados pueden comunicarse con uno de los asesores sobre beneficios de la Administración de Seguridad de Beneficios del Empleado (EBSA, por sus siglas en inglés) llamando al 1-866-444-EBSA (3272) o contactar con EBSA por correo electrónico en askebsa@dol.gov.


Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.

No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.


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Actualización: 01/25/2008